El magistrado electoral Luis Espíndola Morales, presidente de la Sala Especializada del Tribunal Electoral se convirtió en el primer candidato denunciado por actos anticipados de campaña, por haber comenzado a promover el voto a su favor un mes antes del inicio de las campañas.
A pesar de que su función como magistrado electoral de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es sancionar ilícitos electorales, como los actos anticipados de campaña, Luis Espíndola Morales decidió adelantarse a los tiempos legales y comenzó a difundir la boleta electoral para la Sala Superior, cargo al que aspira, promoviéndose con el número con el que aparece y por el que la ciudadanía podría votar.
- Te recomendamos Alistan tómbolas para candidaturas del Poder Judicial de Edomex Política

Aunque MILENIO reveló estas boletas de manera informativa y el INE no las ha hecho públicas oficialmente para evitar este tipo de propaganda, pese a su experiencia en la materia, Espíndola Morales fue el único en retomarlas para hacerse promoción anticipada con el número que se le designó como candidato a la Sala Superior.
El magistrado fue denunciado por una publicación en la que colocó la boleta electoral acompañada del número con el que se identifica en la boleta, por lo que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral propuso declarar “procedente medida cautelar, toda vez que los elementos que integran la publicación pudieran constituir un llamado al voto en beneficio del denunciado, pues aún cuando de ésta no se desprenden frases que inviten directamente a votar por la persona, de forma implícita pretende que la ciudadanía lo identifique en la boleta electoral.
“Lo anterior, considerando que el modelo de boletas electorales aprobado por el Consejo General del INE está diseñado para que la ciudadanía acuda a sufragar el día de la jornada, anote en el apartado correspondiente el número con el que se identifica a su candidato o candidata de su elección, y justamente, la persona denunciada se vincula con el número y su nombre en la boleta
“Por ello se considera que la publicación pudiera generar un posicionamiento anticipado y poner en riesgo el principio de equidad que debe privilegiarse en todo proceso electoral, considerando que aún no inicia la etapa de campañas en el proceso electoral en cuestión. Por lo que se le ordena que de inmediato, en un plazo que no puede exceder de seis horas, elimine de su cuenta la publicación”.
Sin embargo, el magistrado se adelantó y para evitar la imposición de medidas cautelares, eliminó la publicación antes de que la Comisión de Quejas y Denuncias resolviera, por lo que tuvieron que declararlo como hechos consumados, lo que no resuelve de fondo que no se le pueda imputar este ilícito electoral.
Consejerías exhiben ironía: para qué adelantarse, cuando pueden ponerse a trabajar
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE, no dejó pasar el exhibir la ironía de que sea un magistrado electoral el que incurra en estos presuntos ilícitos electorales, sobre todo, por la estrategia en la que recurren en otros procesos partidos políticos y candidaturas políticas, eliminando la publicación para esquivar a la autoridad electoral y librarse de medidas cautelares.
El consejero Arturo Castillo destacó que es el primer caso de actos anticipados de campaña en la elección judicial, en el que se recurre a la estrategia de eliminar la publicación. Sin embargo, destacó que “si esta publicación fue retomada por cualquier otra persona que no está sujeta a las normas de la elección judicial, el daño ya está hecho aunque nosotros no podamos dictar una medida cautelar porque así lo dictan las reglas del debido proceso”.
Por lo que no dejó pasar recalcar “la ironía de este caso, en el que los jueces responsables de vigilar la equidad en esta contienda ahora pueden estar involucrados en la comisión de este tipo de actos, y en ese sentido, su responsabilidad es doble, es de carácter institucional e incluso moral, de portarse con absoluta imparcialidad precisamente porque actos de esta naturaleza pondrían en tela de juicio a la autoridad encargada de vigilar este proceso”.
Y recordó que los actos anticipados de campaña se pueden sancionar con amonestaciones públicas, multas y cancelación de registros.
Mientras la consejera Claudia Zavala destacó que quienes compiten por la Suprema Corte y la Sala Superior ya tienen calidad de candidatos y candidatas, porque el Consejo General del INE ya aprobó esas listas, ordenó su publicación y la impresión de las boletas con sus nombres.
Sin embargo, esto no implica que esas personas ya pueden anticipar la campaña que se contempla hasta el 30 de enero, mucho menos, si se trata de servidores en funciones que además, forman parte de la vigilancia de que el proceso electoral transcurra con legalidad.
“No hay precampañas, sólo hay campañas autorizadas para 60 días, pero hay un deber de cuidado para el proceso electoral en términos de equidad, y este deber de cuidado, coincido en que debe de estar relacionado con la ética ene l servicio público y con la responsabilidad que ejercemos todas las personas en un cargo público.
“Además, varias candidaturas están en funciones y tienen recursos públicos en sus manos, ¿para qué generar una percepción de adelanto cuando lo que sobra es trabajo en las instituciones y nos podemos poner a trabajar?”, cuestionó la consejera.
Por lo que el presidente de la Sala Especializada que aspira a la Sala Superior, no recibirá medidas cautelares pues él mismo se adelantó a eliminar la publicación aparentemente ilícita, pero podría ser investigando a fondo para determinar si incurrió en algún ilícito electoral.