Con el objetivo de darle mantenimiento, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) suspendió el servicio hasta el 15 de febrero de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).
- Te recomendamos Gestión de ‘Billy’ Álvarez en Cruz Azul fue auditada por facturera Policía

Invitación a los usuarios de comercio exterior
Por lo anterior el órgano de recaudación tributaria invitó a los usuarios de comercio exterior, generalmente agentes aduanales, empresas importadoras y exportadoras, transportistas, operadores logísticos, contadores, paquetera, a tomar las acciones necesarias para evitar interrupciones en sus operaciones.
Agregó que durante el periodo de mantenimiento de la VUCEM no habrá suspensión de plazos, por lo que estos se continuarán contabilizando con independencia del medio por el cual la solicitud o promoción haya sido presentada.
Además indicó promociones y trámites como:
- 57/LA Aviso mensual sobre importación y venta de vehículos usados.
- 58/LA Aviso de importación temporal de mercancías que realicen los residentes en el extranjero.
- 59/LA Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX a terceros registrados para operar en su Programa para llevar a cabo procesos de submanufactura y prórroga para permanecer en las instalaciones donde se realice el servicio.
- 71/LA Aviso mensual de transferencias para realizar operaciones de submaquila.
- 102/LA Aviso para la destrucción de desperdicios conforme al artículo 109 de la Ley,
Para empresas con Programa IMMEX, como:
- 139/LA Aviso para importar en diversos momentos mercancías desmontadas o sin montar.
Trámite E14
Mientras que en lo que concierne al trámite E14, que es el formato para presentar el Dictamen de compensación o disminución de gastos contra el aprovechamiento a cargo, deberá ser ingresado en la Oficialía de Partes de la AGACE ubicada en Av. Hidalgo núm. 77, módulo 3, planta baja, Colonia Guerrero, 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, dirigido a la Administración Central de Planeación y Programación de Auditoría de Comercio Exterior.
Para efectos de lo anterior, señaló que se debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18 y 18-A del Código Fiscal de la Federación.
Asimismo, dijo el promovente debe acreditar su personalidad conforme a lo establecido por el artículo 19 del Código Fiscal de la Federación.
En cuanto a los siguientes avisos, comentó que se deben presentar de conformidad con la regla 1.2.2., último párrafo de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y sus Anexos uno y dos:
- 109/LA Aviso de donación de mercancía a favor del fisco federal.
- 108/LA Aviso de destrucción de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal.
- 93/LA Aviso para la destrucción de mercancías importadas temporalmente para competencias y eventos deportivos.
- 94/LA Aviso de la destrucción de mercancías importadas temporalmente para competencias y eventos de automovilismo deportivo.
- 111/LA Aviso para la destrucción de mercancías de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías.
- B17. Aviso de retorno seguro de vehículos extranjeros.
- B7. Aviso de opción para la determinación del valor provisional (seguro global de transporte).
ARE