Abril está por llegar y con él vendrán las vacaciones de Semana Santa para los menores de educación básica. Pero, ¿habrá un puente para los trabajadores del país? Aquí en MILENIO te damos los detalles.
Recuerda que los días feriados o de descanso obligatorio, que están avalados por la Ley Federal del Trabajo (LFT) se pagan al triple, pero en caso de que sí sea oficial para los empleados del país.
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A continuación revelaremos cuáles serán los próximosdías inhábiles para los trabajadores.
¿Habrá puentes oficiales para los trabajadores en abril?
No, durante el mes de abril no hay días inhábiles oficiales para los trabajadores, ya que la LFT no contempla ninguna fecha importante durante el cuarto mes del año.
Sin embargo, sí hay días de asueto, aquellos que consideran algunas empresas, aunque no están considerados ante la LFT como días inhábiles oficiales.
Nos referimos al Jueves (17 de abril) y Viernes Santo (18 de abril), que se otorgan en algunos casos a los trabajadores del país, pero son días de asueto. En ese caso sí se consideraría un puente o fin de semana largo para ciertas personas.

¿Cómo calcular tu pago en un día feriado?
Los días de descanso obligatorio son aquellos días festivos establecidos por la ley en los que no se trabaja.
En el caso hipotético de que tuvieras un Salario Diario de 300 pesos. Su pago triple se calcularía así:
Salario Doble = 300 x 2 = 600
300 = 900 (Este sería tu pago por haber laborado en un día de descanso obligatorio).
En ese sentido, si te piden laborar en un descanso obligatorio, tendrás derecho a reclamar el cobro que te corresponde antes mencionado.
En estos días, si te piden prestar tus servicios en días feriados, entonces tendrás derecho a recibir independientemente del salario que te corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio de 2025?
- 1 de enero (Año Nuevo)
- Primer lunes de febrero (Conmemoración de la Constitución)
- Tercer lunes de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
- 1 de mayo (Día del Trabajo)
- 16 de septiembre (Independencia de México)
- Tercer lunes de noviembre (Revolución Mexicana)
- 25 de diciembre (Navidad)
También se incluye como día de descanso obligatorio el primero de octubre de cada seis años, cuando se realiza la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. Por ejemplo, el 1 de octubre de 2024 fue un día de descanso obligatorio, ya que la presidenta Claudia Sheinbaum asumió el cargo en esa fecha.
Así que ya lo sabes, en abril no hay feriados, pero en mayo sí (Día del Trabajo), por lo que deberás tomar en cuenta el pago adecuado por prestar tus servicios.