Negocios

A quiénes NO les toca el pago de UTILIDADES 2025

Las utilidades deberán repartirse en partes iguales para todos los trabajadores. Aquí te contamos más

El anhelado pago de utilidades es una ganancia que reparten las empresas a sus trabajadores cada año, además de que está calificado como un derecho constitucional. Sin embargo, no en todos los casos se deberá considerar este monto en las compañías.

A continuación te desglosaremos en qué casos no se deberá pagar utilidades, así como el periodo que tienen los patrones para entregar este beneficio a sus trabajadores. Recuerda que tú como colaborador de una compañía tienes derecho a las ganancias acumuladas por el patrón.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), la mayoría de los trabajadores podrían tener derecho a este pago, el cual se entrega en un tiempo determinado, aunque hay excepciones y algunas personas NO las reciben.

¿Quiénes NO podrán recibir el pago?

  • Directores, administradores, gerentes generales.
  • Socios o accionistas.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda.
  • Prestadores de servicios profesionales.

También será necesario resaltar que hay compañías que no están obligadas a pagar las utilidades.

Si no recibiste utilidades, existen dos posibilidades para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social detecte incumplimientos. | Cuartoscuro
El reparto de utilidades tendrá que ser a partes iguales. | Cuartoscuro

¿Qué empresas pueden evitar el pago de utilidades?

  • Compañías recientemente creadas, es decir, que tengan apenas 1 año en funciones.
  • Empresas nuevas que se dedican a la elaboración de un producto novedoso.
  • Aquellas que son nuevas y se dedican a la industria extractiva, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes.
  • IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, las empresas que se fusionen, traspasen o cambien de nombre o razón social no se consideran de nueva creación.

¿En qué fecha se pagan las utilidades?

  • Del primer día hábil de mayo, al último día hábil de junio, para personas físicas.
  • Y del primer día hábil de abril y hasta el último día hábil de mayo para personas morales (empresas).

Las utilidades deberán repartirse en partes iguales para todos los trabajadores, aunque se deberá considerar el número de días laborados por cada uno en la empresa.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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